DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2013

Fecha: 29-Nov-2013

ARTÍCULO 38 (Inversión Productiva Social y Gestión Financiera)

III. Los recursos para el Fondo de Inversión Productiva y Social Originario (FIPSO) provendrán del Banco de Desarrollo Productivo, Fondo de Desarrollo Para los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas (FDPPIOYCC) en el marco de la Ley N° 144 (Revolución Productiva Comunitario Agropecuario), fondo concurrente y otras donaciones internas y externas”.