Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1927/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1927/2013

    Fecha: 04-Nov-2013

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • sin lugar e improcedente
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
    • de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro“
    • principio de celeridad, considerando el carácter sumario y la finalidad que tiene esta acción, donde estableció que deben evitarse actos dilatorios en la tramitación de las acciones o recursos. En ese sentido, cuando una autoridad conoce de una petición que involucra el derecho a la libertad, dicha solicitud debe ser atendida con la mayor celeridad posible
    • III.3.
    • una vez el Tribunal de apelación dentro del plazo de tres días de recibidas las actuaciones, resuelva la apelación; deberá remitir el expediente, el acta y la Resolución correspondiente al Juzgado o Tribunal de origen dentro del plazo máximo de 24 horas
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • una vez resuelta la apelación por el tribunal de alzada, este,
    • REVOCAR en parte

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca