Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1940/2013
Fecha: 04-Nov-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de su abogado, ratificó y reiteró el contenido de la demanda. Asimismo la amplió en sentido de que la salud del accionante se está deteriorando debido a que ya cumplió el mínimo de la pena por el delito que se le está juzgando por lo que su solicitud de cesación a la detención preventiva en virtud de lo previsto en el art. 239.1 y 2 del CPP, debe diligenciarse con celeridad.