Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1984/2013
Fecha: 04-Nov-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los representantes por el accionante, denuncian la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso; por cuanto, habiendo solicitado la suspensión condicional de la pena, el Juez Quinto de Partido de Familia, no la tramitó con la debida celeridad o dentro del plazo razonable provocando la restricción indebida de su libertad. Además, de no haber dado cumplimiento a la SCP 2243/2012, que dejó sin efecto el Auto de Vista que declaró la improcedencia del citado beneficio.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Del procesamiento indebido
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23