SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2025/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2025/2013

Fecha: 13-Nov-2013

1)

Dalia Pedraza Ortiz, Jueza de Instrucción Mixta de Cotoca del departamento de Santa Cruz, presentó informe escrito cursante a fs. 9 y vta., señalando lo siguiente: 1) Lo manifestado por el accionante no es evidente ya que de las actuaciones realizadas en el cuaderno procesal, se advierte que el ahora accionante fue  el 15 de enero de 2013, habiendo sido notificado con dicha imputación y el señalamiento de audiencia mediante edicto de prensa, puesto que  no se pudo encontrar el domicilio de la Av. Conavi 722, por lo que, llevando adelante la señalada audiencia, fue declarado rebelde y contumaz a la ley, nombrándole abogado defensor de oficio a Hernan Salazar Justiniano; y, 2) No violentó derecho alguno, pues actuó cuidando el derecho a la defensa, al debido proceso e igualdad de las partes, enmarcada en las leyes vigentes; 3) Por memorial de fs. 52 y vta., el ahora accionante pidió dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión librado el 22 de abril del presente año, habiéndose ordenado por providencia que previamente debe cancele la multa de Bs 200.- (doscientos bolivianos 00/100), que hasta la fecha no fue cancelada.