SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2025/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2025/2013

Fecha: 13-Nov-2013

III.4.

Conforme se tiene señalado, el accionante considera que la autoridad judicial demandada lesionó sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto declaró su rebeldía y libró mandamiento de aprehensión en su contra, arguyendo que no asistió a la audiencia cautelar, no obstante que desconocía de su realización porque fue notificado en un domicilio ajeno; sin embargo, con carácter previo, es necesario analizar si el accionante utilizó las vías idóneas intraprocesales existentes a fin de revertir los actos denunciados en la presente acción.

Así, de acuerdo a los antecedentes cursantes en obrados, se evidencia que el accionante, por memorial de 23 de mayo de 2013, a hrs. 15:40 acudió ante la Jueza de Instrucción Mixta de Cotoca, solicitando audiencia para presentación espontánea y nulidad de mandamiento de aprehensión en su contra, arguyendo que los policías realizaron informes falsos, debido a que se dirigieron maliciosamente a su anterior domicilio.  De dichos datos, se constata que el accionante compareció ante la autoridad jurisdiccional encargada de la investigación, a efecto que se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión, utilizando los medios idóneos y sencillos establecidos en el Código de Procedimiento Penal para el efecto, conforme a la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.