SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2032/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2032/2013

Fecha: 13-Nov-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado a tiempo de ratificar íntegramente su demanda, en audiencia amplió señalando que: la ratio decidendi y los efectos de las “SSCC 032/2011-R y 510/2011-R” que hacen referencia a los principios informadores del derecho al trabajo y a la inamovilidad funcionaria, establecen que el derecho al trabajo debe ser primigeniamente protegido, porque no solamente debe resguardarse la relación laboral existente, sino también el derecho de terceras personas, en este caso, de los hijos y la familia, que en el caso concreto, están privados de un sueldo y de su propia subsistencia, por lo que tratándose de materia laboral y seguridad social, una acción de amparo constitucional tiende a exigir en cumplimiento de una resolución cuando se vulnera el derecho al trabajo y al principio de juricidad reconocida en el art. 180 de la CPE.