SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2032/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2032/2013

Fecha: 13-Nov-2013

II.6.

II.6.  El 27 de junio de 2013, por memorial presentado a la autoridad demandada, el accionante solicitó el fundamento legal de la providencia dictada de 20 de junio del año señalado. Siendo así, que por proveído de 1 de julio de 2013, ésta fue respondida de acuerdo el numeral 3 del punto III.4 de la SC 0521/2010-R de 5 de julio que refiere que: “En los casos en que la solicitud hubiese sido considerada dando lugar a la enmienda, aclaración o complementación, la misma  pasa a formar parte del contenido de la resolución principal, conformando un todo, en consecuencia, por los efectos o trascendencia, sólo en estos casos, el plazo de los seis meses corre desde la notificación con la resolución que da lugar a la complementación, enmienda o aclaración” (fs. 78 a 79 vta.).