SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2066/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2066/2013

Fecha: 18-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Durante la vacación judicial presentó memorial de solicitud de reconsideración de cesación de detención preventiva, la cual fue suspendida por efecto de la recusación presentada por el Ministerio de Gobierno contra los jueces de turno, misma que fue resuelta declarando improbada la referida recusación.

Indica que, concluida la vacación judicial, el 22 de julio de la presente gestión planteó solicitud de señalamiento de audiencia al Tribunal Primero de Sentencia Penal que es el Juzgado de origen, sin que la misma hubiese sido providenciada dentro de las veinticuatro horas, sino hasta presentar una nueva solicitud de reiteración de señalamiento, por lo cual interpone la presente acción de libertad, por cuanto toda autoridad en conocimiento de un pedido relacionado con la libertad de las personas tienen el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible o cuando menos dentro de los plazos razonables, el no hacerlo implica una restricción del derecho a la libertad.