Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2087/2013
Fecha: 18-Nov-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante denuncia como lesionado su derecho a la propiedad privada, citando al efecto los arts. 56.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); 17.1 y 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 21.1 y 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, normas que forman parte del bloque de constitucionalidad establecido en el art. 410.I de la Norma Suprema.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. La acción de amparo constitucional no define derechos controvertidos
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR