Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2087/2013
Fecha: 18-Nov-2013
II.2.
II.2. Mediante Escritura Pública 807/2012 de 8 de noviembre, otorgado ante la Notaria de Fe Pública de Tercera Clase 1 de Yapacani del departamento de Santa Cruz, por el cual se establece una transferencia de un lote de terreno urbano, ubicado en la Urbanización Yapacani, Lote s/n, Manzano s/n, zona Sur Este, con una superficie de 5576.32 m2 a favor de Niels Alexander Barreto Villafuerte (fs. 53 a 54 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. La acción de amparo constitucional no define derechos controvertidos
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR