Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2087/2013
Fecha: 18-Nov-2013
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Neils Alexander Barreto Villafuerte, en audiencia manifestó que compró el terreno del “Sr. Aramayo” y lo inscribió en DD.RR., como también hizo el trámite ante la Alcaldía, habiendo obtenido la autorización empezaron a construir; reiterando, que se encontró con “Carlos Rojas” para conversar sobre su terreno; sin embargo, es sorprendido por lo manifestado en la acción de amparo constitucional de que no se le dejaría entrar a su terreno, puesto que en ningún momento se le habría atajado o levantado la voz, indicó además que tiene sus papeles al día y pidió acudir ante la autoridad jurisdiccional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. La acción de amparo constitucional no define derechos controvertidos
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR