SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2090/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2090/2013

Fecha: 18-Nov-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 8 de julio de 2012, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro de otra acción de libertad promovida por Feliza Terán Quiroz, pronunció resolución concediéndole la tutela solicitada, sin otorgar la libertad a su hijo Chris Lester Torrico Terán, instruyendo al Juez de la causa, a corregir defectos procesales detectados en el proceso; al considerar la referida resolución: “1. Que  la solicitud de Libertad impetrada por el detenido fue negada y le fue negado el Derecho a apelación, pues nunca se remitió el cuaderno procesal a la instancia superior para que resuelva la impugnación; 2. Que una solicitud de Libertad presentada por Felisa Terán Quirós no fue arrimada al proceso ni considerada en los plazos y formas de ley; 3. Que Felisa Terán Quiros está indebidamente procesada, pues no ha sido imputada ni sobreseída conforme a Ley; 4. Que respecto a Chris Lester Torrico Terán, '…se denota objetivamente la vulneración al debido proceso, vinculado al derecho a la defensa y de libertad, por inobservancia de normas procesales, plazos y procedimientos…'”(sic).

Refiere, que no obstante la instrucción constitucional al Juez de la causa, era terminante: “Imprimir el trámite legal a la solicitud de extinción de la acción penal y de cesación a la detención preventiva, en los plazos y con las formalidades que establece la Ley” (sic), dicha orden no se cumplió, puesto que el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal -entonces demandado- a pesar que conminó al Fiscal de Materia para que se pronuncie en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de declarar extinguida la acción penal; hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, transcurrieron catorce días, sin que exista pronunciamiento alguno por parte del Fiscal ni de la Jueza demandada.