SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2095/2013
Fecha: 18-Nov-2013
III.3. Acción de libertad correctiva
Según se explicó en el Fundamento Jurídico precedente, este medio de defensa tiene por finalidad resguardar el derecho a la vida, restituir el derecho a la libertad física o de locomoción, restablecer las formalidades legales y en su caso disponer el cese de la persecución ilegal, establecido en la SCP 0374/2013 de 25 de marzo que indica: “…No obstante, la jurisprudencia constitucional (SSCC 1579/2004-R y 0044/2010-R), sostuvo que el habeas corpus, ahora acción de libertad, puede ser reparador si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida. En ese entendido y a efectos de resolver la problemática planteada caber referirnos a la acción de libertad correctiva, que de acuerdo a la SC 1579/2004-R de 1 de octubre: “…protege al detenido de aquellas condiciones que agravan en forma ilegítima la detención, violando su condición humana. A través de este recurso, se garantiza el trato humano al detenido, establecido en las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Acción de libertad correctiva
- “…La base legal de este tipo de hábeas corpus, la encontramos en el art. 89 de la LTC, que amplía los alcances protectivos de esta garantía, al referirse a otras 'violaciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de sus formas…'. Conforme a esto, una de las formas en que se manifiestan estas violaciones vinculadas a la libertad, está la referida al agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado. Por tanto, hallan cobijo dentro del ámbito protectivo de esta modalidad de hábeas corpus, la ilegal imposición de sanciones disciplinarias o el traslado también ilegal de una penitenciaría a otra; pues, al agravar arbitrariamente las condiciones de la detención, restringen con mayor intensidad la libertad personal de los detenidos"
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11