Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 2182/2013
Fecha: 25-Nov-2013
II.5.
II.5. Mediante memorial de 15 de julio de 2013, Policarpio y Lucio Pánfilo de apellidos Torrez Cadena, solicitaron la cesación a la detención preventiva, conforme establece el art. 239.1 del CPP (fs. 334 y vta.); providencia de 16 de similar mes y año, señalando audiencia de cesación a la detención preventiva, para el 19 del mencionado mes y año (fs. 334 vta.).
- acción libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Publico
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro“
- III.2. La cesación de la detención preventiva por el transcurso del tiempo y sus elementos concurrentes
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR