SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 2120/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 2120/2013

Fecha: 21-Nov-2013

Fragmento 17

De la revisión de antecedentes que hacen a la denuncia efectuada por la accionante, se puede establecer que la misma reclamó ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni restitución a su fuente laboral, imprimiendo el trámite establecido en la normativa desarrollada en los Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia resolución, amparada en el DS 0496 de 1 de mayo de 2010 que complementa al DS 28699; derivando en que el 24 de junio de 2013, la Jefatura de Trabajo de Beni, mediante la Conminatoria de Reincorporación 054/2013 JDTEPS BENI, ordenó a Mauricio Rousseau Carageorge, Director del SEDEGES de Beni, proceder con la reincorporación de Jakueline Cuéllar Roca a su fuente laboral, sea con el pago de sueldos devengados, desde el día de su despido hasta su efectiva restitución y demás derechos laborales en el plazo máximo de cinco días hábiles, actuado administrativo que hasta la interposición de la acción de amparo constitucional no fue cumplido.