SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 2120/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 2120/2013

Fecha: 21-Nov-2013

por cuanto dentro de las características inherentes a los actos administrativos, se encuentran tanto la presunción de legitimidad como la de ejecutividad, entendida ésta última como la obligatoriedad, que hace a la exigibilidad y el deber de cumplimiento del acto a partir de su notificación, actuado que genera fuerza jurídica, y convicción pública respecto a la eficacia del acto y sobre todo suscita el deber de su acatamiento

Los argumentos expuestos en los fundamentos jurídicos de la presente resolución, justifican la necesidad de la concesión inmediata de la tutela solicitada, por cuanto la autoridad demandada, evidentemente vulneró los derechos invocados por la accionante, toda vez que no dio cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación 054/2013 JDTEPS BENI, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni, por cuanto dentro de las características inherentes a los actos administrativos, se encuentran tanto la presunción de legitimidad como la de ejecutividad, entendida ésta última como la obligatoriedad, que hace a la exigibilidad y el deber de cumplimiento del acto a partir de su notificación, actuado que genera fuerza jurídica, y convicción pública respecto a la eficacia del acto y sobre todo suscita el deber de su acatamiento (las negrillas son nuestras).

Se reitera que la autoridad demandada, podía en los términos desarrollados en el presente fallo, impugnar si así lo veía por conveniente, la Conminatoria emanada de la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni y no desobedecer las instrucciones contenidas en un acto administrativo, pronunciado por autoridad competente.