1)
El denunciante, solicita: 1) Se conmine a la Sala Civil Primera del hoy Tribunal Departamental de Justicia de La Paz asumir su rol y realizar el control del fallo emitido por el Tribunal Constitucional; 2) Se remita antecedentes al “Consejo de la Judicatura” por retardar el cumplimiento de las Sentencias Constitucionales alegadas; y 3) Se conmine al Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana para que cumpla la SC 0522/2007-R, de forma exacta e inmediata tal como lo expresa: “REVOCAR la resolución revisada y CONCEDER el recurso, en consecuencia deja sin efecto la Resolución 066/2006 de 26 de mayo y dispone que los recurridos pronuncien nueva resolución, de manera fundamentada y conforme a derecho y a los fundamentos de la presente Sentencia” (sic).
