III.2.
III.2. Se advierte en obrados que la SC 0522/2007-R en revisión, concedió la acción de amparo constitucional a los accionantes -ahora denunciantes- en la que dispuso dejar sin efecto la Resolución 066/2006, y que los “recurridos” pronuncien nueva resolución, de manera fundamentada y conforme a derecho y a los fundamentos de esa Sentencia; y que luego, la Sala Civil Primera -Tribunal de garantías- notificó a las partes con la misma el 23 de julio de 2007.
