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    AUTO CONSTITUCIONAL 0495/2013-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0495/2013-CA

    Fecha: 10-Dic-2013

    c)

    c) El art. 202.2. de la CPE, determina que una de las atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional es resolver los conflictos de competencias y atribuciones entre órganos del poder público, los  arts. 86 y 101.II del CPCo y 14.1 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), prevén que cuando la autoridad de la jurisdicción ordinaria y agroambiental se declara competente o incompetente para un determinado caso, será resuelta por este Tribunal.

    • I.1. Resolución de la autoridad judicial
    • I.2. Resolución de la autoridad agroambiental
    • la jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Agroambiental”
    • Autoridad de la Jurisdicción Ordinaria o Agroambiental
    • que reclame una competencia a la otra jurisdicción, solicitará que ésta última se aparte de su conocimiento.
    • a)
    • b)
    • c)

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