Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0499/2013-CA
Fecha: 12-Dic-2013
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución de 19 de noviembre de 2013, cursante de fs. 52 a 56, pronunciada por el Jueza Primera de Partido del Trabajo y Seguridad Social del departamento Cochabamba, que rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Lourdes del Carmen Sejas Baltazar en representación legal de la Empresa CABLEBOL S.A.
- Jueza Primera de Partido del Trabajo y Seguridad Social del departamento de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- antes de la ejecutoría de la Sentencia
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR