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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2013

    Fecha: 09-Dic-2013

    I.

    “I. En caso de incumplimiento de la inamovilidad laboral, a solicitud de la madre y/o padre progenitores, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social instruirá al empleador, para que cumpla en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles a partir de su notificación, la reincorporación con goce de haberes y otros derechos sociales por el tiempo que duró la suspensión de la relación laboral.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional: protección a progenitor trabajador hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
    • III.2. Inamovilidad laboral de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
    • c) La inamovilidad del progenitor varón por un lapso de un año, computable desde el nacimiento de su hijo o hija
    • I.
    • II.
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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