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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2013

    Fecha: 16-Dic-2013

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la demandada
    • concedió
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1. De las solicitudes vinculadas al derecho a la libertad y su vinculación con el principio de celeridad
    • autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
    • cumplida la condena, concedida la libertad condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno, mientras que el funcionario que incumpla esa disposición será pasible a la responsabilidad penal y disciplinaria que corresponda
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • 2º    Remitir antecedentes

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