SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2204/2013
Fecha: 16-Dic-2013
I.2.2. Informe de la demandada
Guido Parada Rodríguez, Director del Establecimiento Penitenciario Santa Cruz “Palmasola” mediante oficio Cite Of. 740/2.13 de 18 de junio, cursante a fs. 15, manifestó que el 9 de abril de 2013, recibió Mandamiento de Libertad emitido por el Juez Segundo de Ejecución Penal, como resultado de la homologación del beneficio de indulto a favor de Coenraad Van Loo; sin embargo, al existir pendiente de ejecución una orden de traslado internacional, emitido por la misma autoridad jurisdiccional, no se dio curso a la libertad del imputado, además, cursan en el file del justiciable memoriales por los cuales éste renuncia al indulto y solicita no ejecutar el mandamiento de libertad, hechos que fueron puestos en conocimiento de la autoridad jurisdiccional a efectos de que se regularice la situación jurídica del justiciable; por lo que, al haber enmarcado sus actos a lo previsto en los arts. 2 y 59.2 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), no ha incurrido en lesión a los derechos y garantías reclamados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la demandada
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. De las solicitudes vinculadas al derecho a la libertad y su vinculación con el principio de celeridad
- autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- cumplida la condena, concedida la libertad condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día, sin necesidad de trámite alguno, mientras que el funcionario que incumpla esa disposición será pasible a la responsabilidad penal y disciplinaria que corresponda
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º Remitir antecedentes