Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2234/2013
Fecha: 16-Dic-2013
II.3.
II.3. Contra la Resolución 240/2013 de 25 de julio de 2013, Marco Antonio Huallpa Chino, el 26 de julio de 2013, dentro del plazo establecido en los arts. 251 y 403.3 del CPP, interpuso recurso de apelación incidental. Asimismo cursa providencia de 29 del mismo mes y año, por la cual, el Juez codemandado, ordenó la remisión de antecedentes, ante la Sala Penal de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 37 a 38 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionaria judicial demandadas
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. El principio de celeridad en la administración de justicia
- (…) La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y el hábeas corpus de pronto despacho
- III.3. La falta de legitimación pasiva en funcionarios de apoyo jurisdiccional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo