AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2013-RCA

Fecha: 21-Feb-2013

la acción de amparo constitucional “Para los casos de solicitud de complementación, aclaración y enmienda de una decisión judicial o administrativa, el plazo se computara desde la notificación con la resolución que la conceda o rechace”

A su vez, el art. 55.II del CPCo, determina que para interponer la acción de amparo constitucional “Para los casos de solicitud de complementación, aclaración y enmienda de una decisión judicial o administrativa, el plazo se computara desde la notificación con la resolución que la conceda o rechace” (las negrillas son ilustrativas).