AUTO CONSTITUCIONAL 013/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 013/2013-RCA-SL

Fecha: 06-Feb-2013

autoridades que no ocupaban el cargo desde el cual se ocasionó el acto lesivo, a las mismas solo se les puede atribuir las responsabilidades institucionales mas no las personalísimas

         En lo que corresponde a la fundamentación de rechazo a causa de la falta de legitimación pasiva, en virtud de que la acción va dirigida no contra las autoridades que dictaron la Resolución impugnada, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional expresada a través de la SCP 1385/2012 de 19 de septiembre, ha señalado que: “Es menester considerar que, con relación al requisito de la legitimación pasiva, cuando se dirige la demanda constitucional contra las nuevas autoridades que no ocupaban el cargo desde el cual se ocasionó el acto lesivo, a las mismas solo se les puede atribuir las responsabilidades institucionales mas no las personalísimas, como la penal, civil y/o administrativa, ello en virtud al constante cambio de servidores del sector público” (las negrillas son nuestras).