AUTO CONSTITUCIONAL 013/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 013/2013-RCA-SL

Fecha: 06-Feb-2013

II.4. Análisis del caso concreto

El Tribunal de garantías, por Resolución 1/11 de 5 de enero de 2011, rechazó la acción de amparo por no haber acompañado toda la prueba en que funda su pretensión, y por falta de fundamentos de hecho y derecho expuestos por los accionantes, en los que hubieran incurrido las autoridades demandadas, al pronunciar la Resolución impugnada; asimismo existe la imposibilidad de resolver decisiones judiciales a través de la acción de amparo constitucional, siendo ésta facultad de competencia de los jueces y tribunales ordinarios, finalmente otra causal de rechazo es la falta de legitimación pasiva de la parte accionada.

Revisados los antecedentes del expediente, se evidencia que los accionantes, fundamentaron la impugnación de la Resolución 215/2010 de 12 de abril, a través de la cual se declaró procedente la extinción de la acción penal por prescripción, en favor de los imputados en el referido proceso penal, decisión emitida por los miembros de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial -actual- Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, vulnerando sus derechos constitucionales.