AUTO CONSTITUCIONAL 013/2013-RCA-SL
Fecha: 06-Feb-2013
de apelación contra la misma, la parte procesada, presentó incidente de prescripción de la acción penal
La parte accionante, como querellantes dentro del proceso penal por presuntos delitos de hurto, allanamiento de domicilio y dependencias seguido contra Lucy Eve Fuentes de Calderón, Claudia Calderón Fuentes, Jaime Ceferino Calderón Illanes y Aida Rosario Calderón Illanes, tramitado ante el Juzgado Tercero de Partido Liquidador en materia penal del Distrito Judicial -actual- Departamental de La Paz, con sentencia condenatoria en primera instancia, señalan que interpusieron recurso de apelación contra la misma, la parte procesada, presentó incidente de prescripción de la acción penal pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial -hoy- Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, con el objeto de dilatar la causa y evitar se haga justicia, en cumplimiento del principio de verdad material, previsto en el art. 180 de la CPE; las autoridades demandadas emitieron la Resolución 215/2010, disponiendo la extinción de la acción por prescripción, vulnerando el derecho de los accionantes a la tutela judicial efectiva de la víctima y al debido proceso, hecho que dio lugar a la consumación de actos y omisiones indebidas en detrimento de sus derechos y garantías constitucionales.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- de apelación contra la misma, la parte procesada, presentó incidente de prescripción de la acción penal
- el equilibrio entre, la búsqueda de la eficacia y la salvaguarda de los derechos y garantías, que se materializan en el cumplimiento eficaz de la defensa de la sociedad y el principio de verdad material de la administración de justicia.
- I.3. Petitorio
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 9
- cuando el o los recurrentes impugnen por escrito y de manera fundamentada, ante el Juez o Tribunal de amparo, el rechazo o la declaratoria de improcedencia del recurso
- Fragmento 11
- II.4. Análisis del caso concreto
- de restitución de derechos fundamentales vulnerados en sede judicial, es el mecanismo idóneo para restituir tales derechos afectados por sentencias judiciales
- no tendría que adoptar una conducta inactiva e indiferente ante las lesiones de los derechos fundamentales
- autoridades que no ocupaban el cargo desde el cual se ocasionó el acto lesivo, a las mismas solo se les puede atribuir las responsabilidades institucionales mas no las personalísimas
- II.4.1. Análisis de los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- 1)
- 3) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados.
- POR TANTO