AUTO CONSTITUCIONAL 021/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 021/2013-RCA-SL

Fecha: 07-Feb-2013

I.4. Resolución del Tribunal de garantías

Por decreto de 29 de marzo de 2011, cursante a fs. 21, la Sala Social, Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, en el marco de lo previsto por el art. 98 con relación al art.97.I y V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), determinó que el accionante adjunte testimonio de poder que acredite su personería; además, la prueba que alude en el “otrosí 1º”, decreto que fue notificado en domicilio procesal el 30 de marzo de 2011 (fs. 22), habiéndose presentado memorial cumpliendo lo extrañado el 31 del mismo mes y año.