AUTO CONSTITUCIONAL 037/2013-RCA-SL
Fecha: 21-Feb-2013
contra toda resolución,
Así mismo el art. 94 de la LTC determina que: “Procederá el recurso de Amparo Constitucional contra toda resolución, acto u omisión indebida de autoridades o funcionario, siempre que no hubiere otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías ; así como contra todo acto u omisiones indebida de persona o grupo de personas particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos o garantías reconocidos por al Constitución Política del Estado y las leyes” (las negrillas nos pertenecen).
Conforme a la norma constitucional antecedida se determina que, el accionante interpuso la acción de amparo constitucional contra las Resoluciones 397/2009 y 183/11, ambas Resoluciones judiciales dictaras por autoridades judiciales y consideradas presuntamente vulneradoras de sus derechos constitucionales, por lo que solicitó dejar sin efecto las mismas y no como señala el Tribunal de garantías al señalar que solicito la ejecución de las mencionadas resoluciones, por lo que es menester señalar que la apreciación realizada por el Tribunal de garantías no es correcta.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Derechos supuestamente vulnerados
- rechazó
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Fragmento 7
- II.2.
- II.3. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- II.4.1. De la Resolución enviada en revisión
- lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos,
- contra toda resolución,
- siendo necesario aclarar en función a la jurisprudencia existente que: `…es imprescindible la presentación de fotocopias legalizadas de la prueba documental que se apareje en los recursos de amparo constitucional (…) en caso de que el recurrente acredite haber solicitado la extensión de las fotocopias legalizadas que requiera para la interposición del amparo, y que éstas no le han sido franqueadas por el tenedor de los originales, tiene la potestad de solicitar al juez o tribunal del recurso, disponga la entrega de tal documentación bajo conminatoria y prevenciones de ley´"
- II.4.2. Análisis sobre la existencia o no, de los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- 2) Precisión de los derechos o garantías que considera restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 16
- POR TANTO