AUTO CONSTITUCIONAL 050/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 050/2013-RCA-SL

Fecha: 25-Feb-2013

Fragmento 10

          El Tribunal Constitucional a través de su jurisprudencia, determinó que esta acción tutelar es viable, únicamente en la medida en que el accionante agote previamente todos los medios ordinarios o administrativos en la salvaguarda de sus derechos fundamentales o garantías constitucionales y sólo ante la persistencia de la lesión, se apertura el amparo constitucional, siempre y cuando sea interpuesto dentro los seis meses de producida la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial.