SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2013

Fecha: 01-Feb-2013

1)

Andrés Adhemar Rueda Esquivel y Julio Nelson Alba Flores, Jueces del Tribunal Quinto de Sentencia Penal, presentaron informe escrito, mismo que cursa de fs. 14 a 16 indicando lo siguiente: 1) Se autorizó que el médico forense realice la revisión médica al accionante, así también, como su internación para efectuarse los estudios complementarios en el Hospital Universitario San Juan de Dios;   2) Una vez realizado los exámenes fue el propio accionante quien pidió su alta y abandonó el Hospital; solicitándose nuevamente autorización para poder acudir a un centro de salud privado para atender dicha petición, el Tribunal Quinto de Sentencia Penal solicitó una evaluación forense; 3) En audiencia el médico forense informó al Tribunal que la salud del paciente es estable y su vida no corre ningún peligro, por presentarse asintomático; aspecto que no es de gravedad para su salud; 4) Analizado que fue el dictamen del médico forense, se deduce que existen dos estudios ecográficos de laboratorio completamente contradictorios; 5) Por esa razón, el Tribunal al encontrar estudios médicos contradictorios dispuso que el perito amplié su dictamen pericial fundamentando a detalle cada punto de pericia, esto con la facultad que les otorga el art. 214 del Código de Procedimiento Penal (CPP).