SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2013

Fecha: 01-Feb-2013

III.3. Sobre los alcances del control de constitucionalidad normativo

          Al respecto la jurisprudencia constitucional se ha desarrollado en cuanto a los alcances del control normativo posterior de constitucionalidad que se ejerce a través del recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, señalando que:“…abarca los siguientes ámbitos: a) la verificación de la compatibilidad o incompatibilidad de las disposiciones legales impugnadas con las normas de la Constitución Política del Estado, lo que incluye el sistema de valores supremos, principios fundamentales, así como los derechos fundamentales consagrados en dicha Ley Fundamental; b) la interpretación de las normas constitucionales así como de la disposición legal sometida al control desde y conforme a la Constitución Política del Estado; c) el desarrollo de un juicio relacional para determinar si una norma legal es o no conforme con las normas constitucionales; determinando previamente el significado de la norma legal por vía de interpretación; y d) la determinación de mantener las normas de la disposición legal sometida al control…” aclarando que el Tribunal Constitucional en: “…su labor se concentra en el control objetivo de constitucionalidad de las disposiciones legales objetadas…” (SC 0019/2006-R de 5 de abril, siguiendo el criterio expresado en la SC 0051/2005-R de 18 de agosto).