SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2013
Fecha: 14-Feb-2013
Fragmento 17
En ese orden de ideas, es importante considerar el estado actual del proceso disciplinario instaurado contra los accionantes. Así, de acuerdo a la documentación solicitada a través de la Comisión de Admisión, se establece que mediante la Resolución 168/2011 de 21 de abril, se impuso contra Omar Huayllani Silvestre, Andrés Campos y Bernardo Tancara Alcon la sanción de quince días de arresto en una unidad operativa, por haber el Tribunal de primera instancia encontrado suficientes elementos que demostraron su responsabilidad disciplinaria; en cuyo contexto, cursa igualmente la Resolución 1193/2011 de 13 de diciembre, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Superior Liquidador de la Policía Boliviana, por el cual se aprueba la Resolución 168/2011 de 21 de abril. Consiguientemente, el proceso disciplinario, dentro del cual se promovió la acción de constitucionalidad concreta, al presente se encuentra concluido, tomando en cuenta que ante el rechazo del entonces recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, la causa continuó su curso, encontrándose las resoluciones de instancias dictadas ejecutoriadas, por lo que la aplicación de la normativa ahora abrogada al caso concreto que motivó la presente acción, ya no es posible; en consecuencia, el juicio de constitucionalidad de las normas impugnadas, resulta innecesario, al haber sido expresamente abrogado el Reglamento que contenía las mismas, correspondiendo en su mérito, declarar la improcedencia de la acción al no poder ingresar al análisis de fondo del asunto.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- rechazó
- revocó
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.9.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- cuando la norma impugnada ha dejado de tener vigencia, no es posible efectuar el juicio de inconstitucionalidad
- el recurso de inconstitucionalidad no es procedente contra normas abrogadas o derogadas, por cuanto el objeto del recurso es depurar el ordenamiento jurídico de aquellas normas que resulten contrarias a la Constitución Política del Estado, labor que resultaría insulsa tratándose de normas que dejaron de tener existencia jurídica
- tratándose de una acción de inconstitucionalidad concreta
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- IMPROCEDENTE