Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2013
Fecha: 18-Feb-2013
II.2.
II.2. El 21 de agosto de 2012, el representante del Ministerio Público imputa formalmente a Glen Antonio Lima Nakashima, como presunto autor de la comisión del delito de coacción previsto y sancionado por la última parte del art. 294 del Código Penal (CP) y ante la concurrencia de los requisitos que hacen viable la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva, solicitó al órgano jurisdiccional su detención (fs. 20 a 22).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- 1)
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- suma qamaña
- III.3. Sobre las facultades del Tribunal de alzada
- al tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR