Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2013
Fecha: 18-Feb-2013
II.3.
II.3. El 22 de agosto del mismo año, ante el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, la Jueza Milena Hurtado Apinayé en suplencia legal de su similar primero, sustanció la audiencia de aplicación de medidas cautelares y la conclusión de la misma, emitió la Resolución de 22 de agosto de 2012 por el que se dispone la aplicación de medidas sustitutiva a la detención preventiva a favor de Glen Antonio Lima Nakashima (fs. 35 a 42).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- 1)
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- suma qamaña
- III.3. Sobre las facultades del Tribunal de alzada
- al tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR