SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2013
Fecha: 18-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala que se encuentra indebidamente procesado e indebidamente privado de su libertad, toda vez que, los Vocales demandados, mediante Resolución de 5 de octubre de 2012, revocaron el fallo pronunciado por el juez a quo, que dispuso la aplicación de medidas sustitutivas en su favor y en su lugar dispusieron la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva, hecho que resultaría ser ilegal porque aquella Resolución “debió anular el auto del juez inferior para que dicho juez emita nueva resolución, pero no podían disponer su detención preventiva” (sic), por otra parte, denuncia defectos absolutos porque no se le hubiese recepcionado su declaración informativa por el delito que fue imputado sino por el delito de amenazas; por consiguiente, corresponde analizar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y si en el caso concreto las autoridades demandadas vulneraron los derechos denunciados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegar
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- 1)
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- suma qamaña
- III.3. Sobre las facultades del Tribunal de alzada
- al tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR