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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2013

    Fecha: 19-Feb-2013

    II.1.

    II.1. Los Fiscales de Materia adjuntos a la FELCN realizaron la citación formal a Demetria Verónica Juárez Piñas para el 19 de noviembre de 2012, a horas 9:00 a objeto de que declare en el caso “LP-Q-09/11 y LP-V 04-12,” como testigo, en la notificación de ambas citaciones, se hace constar, que ella se negó a firmar. Sin embargo, se puede advertir la firma correspondiente de la citada en ambas notificaciones (fs. 1 a 2).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • Fragmento 4
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza de la acción de libertad
    • III.2. De la acción de libertad innovativa
    • sin embargo, esto no debe ser en ningún caso óbice para que este razonamiento pueda ser también aplicado a otras modalidades protectivas de la acción de libertad, como el caso de la persecución indebida, la cual al igual que la detención puede haber cesado; empero, la ilegalidad restrictiva del derecho a la libertad fue consumada
    • III.3.Persecución ilegal indebida
    • 2.
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • duró hasta Horas 11:40
    • 1°  REVOCAR en parte
    • 2°  DENEGAR

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