Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2013
Fecha: 19-Feb-2013
III.3.Persecución ilegal indebida
La persecución ilegal debe ser entendida como la acción de una determinada autoridad o particular que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emanada por una autoridad competente conforme establece la ley, incumpliendo las formalidades y los requisitos legales, conforme lo entendió la jurisprudencia constitucional desde la SC 0419/2000-R.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2. De la acción de libertad innovativa
- sin embargo, esto no debe ser en ningún caso óbice para que este razonamiento pueda ser también aplicado a otras modalidades protectivas de la acción de libertad, como el caso de la persecución indebida, la cual al igual que la detención puede haber cesado; empero, la ilegalidad restrictiva del derecho a la libertad fue consumada
- III.3.Persecución ilegal indebida
- 2.
- III.4. Análisis del caso concreto
- duró hasta Horas 11:40
- 1° REVOCAR en parte
- 2° DENEGAR