Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2013
Fecha: 19-Feb-2013
I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
A solicitud del Magistrado relator, a efectos de resolver la acción que nos ocupa, en aplicación del art. 44 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), se solicitó la remisión de documentación complementaria, mediante decreto constitucional de 21 de diciembre de 2012, disponiéndose la suspensión del plazo para dictar sentencia.
- I.1. Contenido de la acción
- admitió
- a)
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
- III.1. La acción de inconstitucionalidad concreta
- III.2. Cosa juzgada constitucional
- entendimiento que deja en claro que la declaratoria de la constitucionalidad de una norma no impide un nuevo juicio de constitucionalidad cuando el fundamento o cargo de una nueva demanda sea distinto al anteriormente considerado por el órgano de control de constitucionalidad, aspecto que además justifica que este Tribunal pueda decidir por la complejidad de una determinada temática dejar expresamente establecido los alcances de su decisión”
- ii. Para situaciones en las cuales, en una acción abstracta o concreta de inconstitucionalidad anterior, se hayan denunciado presupuestos fáctico-circunstanciales idénticos a los plasmados en una ulterior acción de inconstitucionalidad.
- III.3. El control de constitucionalidad sobre el art. 28.I.2 de la Ley 060 de 25 de noviembre de 2010
- III.4. Examen de constitucionalidad
- IMPROCEDENCIA