SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2013

Fecha: 25-Feb-2013

I.1.2.1. Alegaciones de la otra parte

Mediante requerimientos de 4 de febrero y 6 de marzo de 2009, cursantes a fs. 130 y 134, el Fiscal Policial de la Dirección Departamental de Responsabilidad Profesional, requirió el rechazo del incidente planteado, argumentando que la norma impugnada es constitucional considerando que el artículo impugnado no sanciona una simple opinión que vierte cualquier ciudadano en ejercicio de sus derechos; al contrario, se trata de un policía que está sujeto a la Ley Orgánica de la Policía Nacional y demás reglamentos, concordante con el art. 4 del ya mencionado Reglamento, que establece que todos los funcionarios policiales son pasibles a las sanciones de las faltas tipificadas.