AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2013-RCA

Fecha: 04-Mar-2013

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 17 de enero 2013, cursante de fs. 55 a 64, el accionante manifiesta ser propietario de un predio rural denominado Estancia Mayu, que forma parte de la propiedad de Thiupampa del municipio de Aiquile provincia Campero del departamento de Cochabamba, en el cual tiene una posesión de más de cuarenta años, cumpliendo la función social a través de trabajos agrícolas - pecuarios. 

Afirma que, después de la elección de la nueva directiva del Sindicato Agrario de Zamora, el 10 y 11 de enero del mismo año, con el argumento que el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) estaría a su favor, fue despojado de su propiedad a la cabeza del ahora accionado y todos los afiliados que fueron obligados a destrozar la infraestructura en su propiedad bajo la amenaza de multa de Bs150.- (ciento cincuenta bolivianos) en caso de inasistencia. En consecuencia con uso desmedido de violencia y tomando acciones de hecho esas personas ingresaron al sector de su casa, portando objetos contundentes, y allanaron su domicilio bajo la amenaza de muerte si decidía retornar a su propiedad, todo esto en presencia de su hija y sobrinos menores de edad, vulnerándose también los derechos de menores de edad que tiene protección reforzada por la Norma Fundamental.

Indica que, se destrozaron todas las construcciones de servicios básicos, seguridad, instalaciones, cercas y sembradío que existían en el predio e incluso procedieron a repartirse su producción de maíz y forraje; por lo que, existe daños irremediables e irreparables consumados mediante despojo y destrucción de sus bienes además que los daños pueden agravarse tomando en cuenta que su ganado podría abandonar la estancia estando destruido el cerco de la misma, así como la pérdida de sus cultivos que requieren de atención inmediata.