AUTO CONSTITUCIONAL 072/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 072/2013-RCA-SL

Fecha: 27-Mar-2013

improcedente

Por Resolución de 20 de julio de 2006, cursante a fs. 142 vta., la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial hoy -Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, declaró improcedente la acción, señalando que toda falla o irregularidad que implique vicio de nulidad, debe plantearse ante el juez natural, y sólo cuando hayan sido agotados los medios o vías dentro del proceso, recién puede activarse la acción de amparo.