Sentencia: 0047/2013-L de 6 de marzo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0047/2013-L de 6 de marzo

Fecha: 06-Mar-2013

II.4.  Antecedentes probatorios

El Testimonio notarial 117 de 28 de agosto de 1989, cursante de fs. 25 a 38, entre otros documentos protocolizados, contiene el Estatuto de la Asociación de Copropietarios La Paz Ltda. (SICOPRO), cuyos arts. 10 y 11 determinan la organización y los niveles de decisión de la organización, estableciendo tres niveles de decisión identificados como “Primero.- La Asamblea General; Segundo.- El Directorio y Tercero.- El Presidente”, además, estableciendo que la Asamblea General, como máxima autoridad de la asociación, es una instancia para la toma de decisiones de los copropietarios con el apoyo del quórum reglamentario, por unanimidad o simple mayoría de votos, bajo alternativa de realizar segunda citación para la toma de decisiones con el número de asistentes.  Asimismo, determina que la Asamblea General es la máxima autoridad de la Asociación, con atribuciones no exclusivas descritas en el art. 12.

La exclusión de los accionantes, dispuesta por la directiva de SICOPRO, motivó que presenten solicitudes de información y explicación sobre la decisión indicada, sin respuesta alguna (fs. 93 a 99) y que habiendo asistido a la Asamblea de Socios de 10 de marzo de 2007, les fue negado el uso de la palabra (fs. 100 y vta.).