SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

1)

Solicitó que se conceda la tutela y como efecto de ello se disponga: 1) La reincorporación de los representados del accionante a sus fuentes de trabajo; 2) “el reconocimiento de todos los derechos que la Ley General del Trabajo y otras normas sociales les reconocen” (sic); 3) El pago de salarios devengados desde el 1 de enero de 2011; y, 4) En el caso de Cinthia Beltrán Benedetti, Jesús Hamaya Tudor y Harol Flores Parada, el pago de subsidios, pre y post natal y beneficios que la ley reconoce, como madre gestante, la primera y progenitores de hijo menor a un año, los dos últimos.

El accionante señaló que sus representados: 1) Cinthia Beltrán Benedetti, Jesús Hamaya Tudor y Harol Flores Parada, consideraron vulnerados su derecho a la estabilidad laboral, al debido proceso, estabilidad laboral de mujer embarazada y progenitores de hijo menor a un año, al haber sido despedidos de su fuente laboral, en AASANA  Beni, sin tomar en consideración su situación, como madre y progenitores de hija o hijo menor a un año de edad respectivamente; y, 2) Hernán Ribera Mercado, Fernando Durán Herrera y José Ortiz Mayuco, señalaron lesionados su derecho a la estabilidad laboral y al debido proceso, al haber sido destituidos de su fuente laboral en la mencionada entidad, sin justificativo legal alguno, ni proceso administrativo interno en el cual podía haber asumido defensa; en ese sentido los representados del accionante, acudieron ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni, denunciando esta situación, entidad que conminó a la autoridad demandada a reincorporar a los representados del accionante, en el marco de los Decretos Supremos 28699 de 1 de mayo de 2006, y 0495 de 1 de mayo de 2010, conminatoria que no fue cumplida por el Director a.i. Regional de AASANA Beni. En consecuencia, corresponde determinar, en revisión, si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.