SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2013-L

Fecha: 08-Mar-2013

I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

La presente acción de amparo constitucional en principio ingresó al Tribunal Constitucional Plurinacional el 2 de julio de 2010, sorteada el 29 de marzo de 2011 a Magistrado Relator, quien pronunció el Auto Constitucional 138/2011-RCA de 11 de abril, por la que resolvió revocar la Resolución 03/10 de 26 de junio de 2010, pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de Yapacaní del Distrito Judicial -ahora departamento- de santa Cruz, que rechazó in límine, disponiendo que el mismo señale audiencia dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes para sustanciar la presente acción conforme a ley, concediendo o denegando la misma según corresponda. Devuelto el expediente al juzgado de origen, la referida autoridad judicial admite la acción de amparo constitucional y luego de las notificaciones correspondientes, instaló la audiencia, dictando posteriormente la Resolución de 18 de diciembre de 2012, que venida en revisión fue sorteada por segunda vez el 23 de enero de 2013.