SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Empresa Nacional de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (ENTEL S.A.) como tercero interesado, señaló que llama la atención que COTAS Ltda., soslayó los recursos legales dejando todo en manos de una acción de amparo constitucional, cundo en realidad lo que seguramente pasó, es que se les venció el plazo para interponer un recurso por lo que acuden a la vía de la acción de amparo constitucional, empero al dejar pasar un recurso han consentido su ejecutoria, en consecuencia, existe cosa juzgada, no siendo evidente que los recursos no cumplen con su objetivo de resguardar derechos de acuerdo al art. 59.II de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA); por consiguiente, no existe inmediatez, debiendo denegarse la presente acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR