SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

II.8.

II.8.  Mediante Auto de Vista 229 de 26 de octubre de 2010, se tiene que la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, en apelación, resolvió revocar el Auto de 22 de mayo del citado año; declarando probado el incidente de nulidad planteado por la empresa Vargas Catering S.A., y disponiendo anular obrados “hasta fs. 106 inclusive, debiendo notificarse nuevamente con la sentencia” (sic), indicando que existirían elementos que harían dudar de la autenticidad de la diligencia de notificación “(fs. 106)” (sic), al no haber considerado oportunamente el Juez aquo dichas irregularidades, correspondería anular obrados hasta el vicio más antiguo (fs. 98 y vta.).