SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2013

Fecha: 13-Mar-2013

i)

José Mario Gandarillas Angulo, Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, presentó informe cursante de fs. 151 a 153, mediante el cual manifestó lo siguiente: i) La regulación de honorarios profesionales efectuada mediante proveído de 24 de diciembre de 2010, fue pronunciada de acuerdo a los datos del proceso ejecutivo, interpuesta por el BCB contra Juan Neptali León Quiroz, en el memorial de demanda ejecutiva de la entidad demandante en el otrosí cuarto refiere que para el cobro de honorarios profesionales, el abogado patrocinante se sujetaba a lo dispuesto por el arancel del Colegio de Abogados de Cochabamba; ii) La accionante sustentó que no habría sido notificada con dicha regulación, entrando en contradicción al presentar su apelación donde reconoció haber sido notificada con la Resolución de 24 de diciembre de 2010, que reguló los honorarios profesionales, demostrándose que el BCB, tuvo conocimiento en todo momento de las determinaciones emitidas; y, iii) Existen actos libremente consentidos por parte de la accionante, debiendo darse aplicabilidad al art. 53.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo).